miércoles, 31 de diciembre de 2008

Lo típico del día: buenos propósitos y mejores deseos

No gastaré más deuna línea en excusas. Algunos seguidores ya sabrán que buenas noticias y otras circunstnacias han trastocado mis días, pero no justifican que la blogmática debe actualizarse más a menudo. Ahí va pues mi primer propósito para este próximo año 2008: una actualización semanal, como mínimo, de la blogmática penal. Este ha sido el año de nacimiento de este pequeño blog, sugido de la ilusión y criado en la difícil realidad de de lo complejo que resulta actualizar un blog de este tip sin caer en tópicos personales. En todo caso sigo creyendo mucho en el proyecto, y por eso estoy totalmente convencido de que el año que viene la cosa irá incluso a mejor, pues yo nunca me he propuesto propósitos imposibles como ir al gimnasio todas las semanas o cosas de esas, sino cosas reales y necesarias, y esta es una de ellas. Pero que quede claro, estoy contentísimo con el resultado, con el seguimiento de alumnos y compañeros y especialmente con todos aquellos visitantes que han decidido, además, participar. El blog ha sido un éxito, y estoy encantado de ello.

Siguiendo con los tópicos de nochevieja, voy a desear algunas cosas para el 2009. Se que después de escribir esto me voy a sentir un poco como Miss Alabama cuando pide la paz en el mundo, pero ya que debía actualizar el blog, digo lo que me da la gana.

Estos son mis deseos: que todo vaya razonablemente bien para todo el mundo (!!!!!!!!ALA!!!!!!!); que no haya más reformas innecesarias del Código Penal (!!!!!!!!!!!!LOCO!!!!!!!!!!!!!!!); que se hable menos de los jueces (!!!!!!!!!!!!!BRUTO!!!!!!!!!!!!); que los alumnos estudien más (!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!VENGA HOMBRE!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!); que nos dejen a la universidad en paz y que, a la vez, la universidad española se tome en serio a sí misma (!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!JA!!!!!!!!!!!!!!!!!!); que el Madrid gane la liga o que el Barça no gane la champions, cualquiera de las dos me vale, aunque si tengo que elegir, la última(!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!ANDE VÁS!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!).

Está claro que mis deseos son como los mandamientos, que se resumen en el primero (creo que no era así, pero da igual), pero me da que es el único que tiene alguna posibilidad de cumplirse. En todo caso también voy a desear que la blogmática siga siendo un instrumento interesante para hablar del Derecho penal, para interesar sobre él a los alumnos y para seguir en contacto con mis amigos.

A ellos, a vosotros, a todos, os deseo la mayor felicidad posible pero también que cuando la tengáis le prestéis a ella la máxima atención.

Hasta pronto.

Fernando Miró

jueves, 4 de diciembre de 2008

El terrorismo de bombay visto por Athena Intelligence en el Lado oscuro

La fundación Athena Intelligence es una institución dedicada a la investigación sobre conflictos armados en general y terrorismo en particular, básicametne desde la perspectiva del análisis de inteligencia (bien sea sociolégico, político, criminológico). Está formada por un grupo de investigadores muy interesantes y las cosas que recibo de ellos siempre me parecen de calidad y del máximo interés. Podéis visitarlos en athenaintelligence.org.

El caso es que he decidido colgar el último artículo publicado en su página web sobre los atentados terroristas de Bombay. Podía haberlo hecho en La Blogmática, pero creo que, si bien no es un artículo puramente criminológico, tiene mucho más que ver con ese lado que con el otro. en todo caso el artículo de Jose Luis Calvo sobre la capacidad destructiva demostrada por los grupos Yihadistas que perpetraron los espectaculares y terribles atentados de Bombay resulta del máximo interés. Un saludo.

Fernando Miró Llinares.

miércoles, 3 de diciembre de 2008

Caso Mirasierra: no se juga a un hombre, sino sus hechos

Reconozco que soy futbolero, y que leo el marca y el as. Sí, también soy madridista. Podría ser peor. Y todo esto viene al caso de un artículo que otro madridista ha escrito en el As de hoy, y que se titulaba: se juzga a un hombre. Transcribo el artículo pues es cortito:

"Hoy tiene que ser un día de paz y de serenidad. Un día normal en la vida de una institución que sabe lo que hace. Hoy, en el Juzgado de lo Penal numero veinte, en Madrid, capital de España, no se va a juzgar un partido de fútbol. Hoy no se va a juzgar el comportamiento de una afición o el comportamiento de otra. Hoy no se va a juzgar a la Policía espanola. Hoy no se va a juzgar al Atlético de Madrid. Hoy no se va a juzgar al Olympique de Marsella. Hoy no se va a juzgar los supuestos insultos que Javier Aguirre dedicó, durante el encuentro de Liga de Campeones, al jugador francés Matthieu Valbuena. Hoy no se va a juzgar al oportunismo y a la propaganda de Pape Diouf, el presidente del club marsellés. Hoy no se va a juzgar a la prensa española ni a la prensa francesa. Hoy no se va a juzgar a los grupos de apoyo a Santos Mirasierra ni a su campaña en internet. Hoy no se va a juzgar a la UEFA ni a su máximo dirigente, Michel Platini. Hoy no se va a juzgar a unos rumores infundados ni a una supuesta conjura contra el fútbol español. Hoy no se va a juzgar a los autores de estas inaceptables amenazas enviadas a la gente del Atlético. Hoy no se va a juzgar a Francia ni a España. Hoy no se va a juzgar a las excelentes relaciones entre nuestros dos países. Hoy no se va a juzgar a los imbéciles que usan cualquier pretexto para incitar al odio entre dos pueblos vecinos y amigos. Hoy no se va a juzgar a un árbitro ni a unos jugadores. Hoy no se va a juzgar el futuro del deporte.
Hoy no se va a juzgar nada de eso. Hoy, en el Juzgado de lo Penal numero veinte, en Madrid, capital de España, se va a juzgar a Santos Mirasierra, un franco-español considerado francés en Francia y español en España. Hoy se va a juzgar a un ciudadano que tiene que responder de unos actos violentos cometidos, o no, justo antes de un partido de fútbol. Hoy se va a juzgar a un hombre. Nada más.".

Entiendo lo que quiere decir Frédéric Hermel, pero con el título parece decir lo contrario: hoy no se juzga a un hombre, bien sea el hombre que han vendido los medios franceses: modélico, encantador y víctima de una atroz y tercermundista policía que se cubre sus espaldas; o bien sea el que nos han vendido los medios de aquí, ultra violento y peligroso, racista y con odio a nuestro país. Lo que se juzga es lo que ese hombre, sin condicionantes morales, sin juicios éticos de personalidad, hizo. Se juzgan sus hechos, no su ser. Lo que ya no tengo tan claro es que sea posible hacerlo, que sea posible juzgar a este tipo sin tener en cuenta la enorme presión que está ejerciendo Francia en esta cuestión. No me gustaría estar en la piel del juez, pero estoy convencido de que aunque a éste le cueste abstraerse de si Santos es un ultra asesino en potencia o un angelito de 140 kilogramos de peso, lo hará, y acabará valorando únicamente si está probado que realmente atacó con una silla a un policía y por tanto se le puede imputar un delito de lesiones, si se puede considerar alteración del orden público su empujón a los policías, etc.

Por mucho que nos cueste, y a todos nos cuesta, la justicia que nosotros aplicamos no tiene que ver tanto con la bondad o maldad del sujeto, tampoco con el interés o el desinterés social del suceso, ni siquiera con su alarma social, sino con los hechos, con los comportamientos personales contrarios a las normas jurídicas impuestas entre y para todos. Estemos atentos a la sentencia.

Fernando Miró Llinares.

domingo, 30 de noviembre de 2008

Termina el mes de más actividad del año

La Blogmática ha estado algo abandonada las últimas semanas. Pido disculpas a todos. No he dado abasto. Junto a la necesaria prepraración de mi última estancia en Alemania de este año (y van tres, vaya empacho que llevo), he estado de tourné congresil. Y es que noviembre es un mes de mucha actividad universitaria en forma de cursos, jornadas y conferencias de todo tipo. La razón de que ello sea así, de que sea, probablemente, el mes en el que más jornadas científicas se realizan, es doble: por una parte es un buen mes para los estudiantes: todavía no hay exámenes pero ya están en la dinámica universitaria (octubre es demasiado pronto, diciembre demasiado tarde); por otra es el mes en el que terminan muchos plazos de gestión económica relacionados con proyectos de investigación y otros fondos económicos que son los que nutren de actividad formativa extra-ordinaria a los investigadores y profesores de la universidad. Antes del 30 de noviembre debe estar gastado el presupuesto, y por eso suele ser habitual que las jornadas y demás actividades se realicen básicamente en ese momento. Siempre al final, podríamos decir. Pero en muchos casos ni siquiera es así: las ayudas se conceden en octubre, y el plazo se termina en noviembre ¿Cómo quieren que se realice una acción especial de I+D+i, o un proyecto de investigación en menos de dos meses? Pues pasa lo que pasa.

Lo cierto es que el fomento de la investigación no está realmente bien pensado en la mayoría de los casos. Está claro que la responsabilidad de que un proyecto de investigación sea inútil, malo, potable, bueno o útil depende básicamente de los investigadores que, en muchas ocasiones, no están pensando cuando lo piden en los objetivos del proyecto sino en los objetivos del dinero que se invertirá en el mismo. Pero también es cierto que no se puede pretender que se realice un proyecto de investigación de un año en un més; que no resulta lógico que los investigadores que hayamos sido IPs, aunque fuera de un proyecto de nimia financiación, ya no podemos pedir nada en nuestra comunidad autónoma sino es que somos IPs de cuatro proyectos nacionales (¿cómo porras vamos a serlo entonces?); que no puede seguirse aceptando que uno se tenga que ir de estancia de investigación tres o cuatro meses sin saber si le van a financiar uno, dos, tres o cero de ellos, tres o cuatro meses después de volver. Pero eso sí, todo tiene que estar justificado con siete copias y siete meses de adelanto, faltaría más.

El caso es que en noviembre, al final, todo el mundo organiza algo porque por lo menos así se pueden conocer nuevas tendencias, nuevas ideas y nuevos investigadores. Se podría hacer mucho más, pero a veces no es fácil. A, y todo esto venía al hilo de que he estado en Granada, Valencia, Elche y Orihuela, he conocido a Pablo Sánchez Ostíz y a Cancio Meliá, dos grandes penalistas a los que admiro, y no he tenido tiempo de haceros caso.

Ahora me voy a Alemania. En Tübingen está nevando. A las 5 es de noche. Voy a tener mucho tiempo. Prometo postear.

Un saludo.

Fernando Miró Llinares.

miércoles, 12 de noviembre de 2008

Ya están aquí…

En efecto, según nos indica el periódico portavoz, la reforma del Código Penal en materia de penas y medidas post-delictuales está a punto de llegar:

“Los terroristas que cometan atentados y sean detenidos a partir de la aprobación de la reforma del Código Penal que prepara el Gobierno sufrirán condenas casi perpetuas. La reforma legal establecerá, además de la pena máxima para los asesinatos terroristas (40 años de cumplimiento dentro de la cárcel), otra accesoria de entre 1 y 20 años de libertad vigilada, con más de 10 medidas preventivas que deberán cumplir los condenados y que limitarán bastante sus posibilidades de movimiento cuando regresen a las calles.”
Añade además la noticia que “el juez someterá al condenado al cumplimiento de una o varias obligaciones de las comprendidas en una lista de más de 10 medidas, según el proyecto que ultiman estos días distintos departamentos del Gobierno”. Entre ellas están “la presentación periódica en un lugar que establezca el juez; la prohibición de vivir cerca de las víctimas, de comunicarse con ellas o acudir a determinados lugares; la de no abandonar el lugar de residencia sin permiso judicial y la de no desempeñar determinadas actividades que pudiera aprovechar para cometer delitos similares a aquellos por los que fue condenado”. Incluso se añade en el proyecto, según nos dice El País, la posibildad de permitir al Juez “utilizar medios electrónicos (pulseras de control telemático, similares a las que se utilizan para condenados por violencia machista y para el control de los presos en tercer grado, o semilibertad) que le permitan la localización y el seguimiento permanente del terrorista excarcelado”.
Está claro que habrá que esperar a ver la reforma para discutirla con profundidad. Pero lo que es evidente es que se produce un cambio sustantivo en el sistema punitivo español, y habrá que estar atentos al auténtico alcance de estas medidas. En todo caso me hace gracia una de las últimas frases del artículo de El País: “con esta medida legal, el Gobierno cierra el abanico de reformas para endurecer al máximo el castigo a los terroristas. El escalón inmediatamente superior (la cadena perpetua) ha sido descartado por los dos partidos con posibilidades de gobernar España (PSOE y Partido Popular), ya que ambos coinciden en que vulnera la Constitución”.
Mi pregunta es ¿Y la posibilidad de 20 años de libertad vigilada qué es? La pregunta va en serio, no es retórica. Realmente no tengo todavía claras las cosas, si me parece todo mal o algo regular. ¿Qué os parece a vosotros?

Fernando Miró Llinares

martes, 11 de noviembre de 2008

Portal Iberoamericano de Ciencias Penales

Creemos necesario hacer un recordatorio sobre la existencia del primer portal iberoamericano de ciencias penales, gestionado por el Departamento de Derecho penal de la Universidad de Castilla-La Mancha.
Se trata de un proyecto que crece día a día y en el que ya son muchas las referencias bibliográficas que se pueden encontrar como, por ejemplo, casi todos los números de la Revista Penal, editada por La Ley, y algunas monografías inéditas.
El link ya os lo habíamos recomendado meses atrás en "El Cajón del Penalista":

lunes, 10 de noviembre de 2008

Artículo de Reinares en "El País".

Cuando conocí a Fernando Reinares me impactó su sentido común. Quiero decir que paraser una persona de tanto prestigio, tan conocida a nivel nacional e internacional y, en aquél momento, tan implicada en la gestión política relacionada con el terrorismo, me alucinó la sencillez y, a la vez, profundidad con la que trataba todas las cuestiones. Eso mismo se observa en este artículo que publica hoy en El País, y que me sirve para homenajear desde aquí a los militares españoles asesinados en Afganistán.

"Desde hace ya unos tres años, los atentados suicidas llevados a cabo por talibanes son muy frecuentes en Afganistán. Este fenómeno denota además una tendencia al alza. En 2003 sólo pudo contabilizarse un atentado suicida y apenas fueron media docena en 2004, pero hubo cerca de 25 en 2005 y superaron con creces los 100 en 2006, cuando se inicia la verdadera escalada terrorista. Es muy posible que excedieran los 150 en 2007 y nada indica que esta cifra vaya a menguar, si acaso más bien lo contrario, durante el año en curso.
Estos atentados suicidas suponen, por otra parte, entre el 10% y el 15% del total de actos de terrorismo talibán que acontecen en la actualidad, aunque suelen ser más cruentos e indiscriminados. Para que quien leyere se haga una mejor idea del problema, el pasado mes de julio se registraron aproximadamente 100 actos de terrorismo en Afganistán. A su vez, el conjunto de los mismos constituye entre una sexta y una séptima parte del total de ataques insurgentes protagonizados en nuestros días por los islamistas radicales afganos.
Los talibanes han extendido los actos de terrorismo a gran parte de Afganistán. Ahora bien, la mayoría ocurren en provincias ubicadas al sur y al este del país, junto a la frontera con Pakistán, tras la cual disponen de santuario. En Herat y Badghis, donde se localiza la mayoría del contingente militar español, su frecuencia es mucho menor aunque desde 2007 significativa. El incremento y la dispersión de estos actos terroristas, incluidos los atentados suicidas, obedecen a una estrategia de los talibanes, asistida por los dirigentes de la propia Al Qaeda.
Ahora bien, la práctica del terrorismo por los talibanes encuentra un entorno propicio en medio de las frustraciones de unas gentes que no han visto satisfechas las expectativas de mejora en sus deplorables condiciones de vida y gracias a los dividendos que extraen protegiendo las plantaciones de opio. Pero también acaparando los sentimientos de rabia que generan las operaciones militares estadounidenses que, bombardeando a bulto tras haber supuestamente localizado a algún terrorista, causan numerosas víctimas entre la población circunstante.
Dicho lo cual, conviene no valorar las cosas erróneamente. Desde al menos el año pasado, más del 70% de los actos de terrorismo talibán se dirigen contra blancos afganos y no extranjeros. El pasado julio, por ejemplo, así murieron cerca de 200 personas, pero sólo 16 eran soldados internacionales. Unos 60 civiles afganos, mujeres y niños incluidos, perdieron la vida ese mes en atentados suicidas. Los talibanes están menos inmersos en una campaña contra la presencia de militares foráneos en el país que en una estrategia para recuperar influencia sobre la población y de nuevo, finalmente, el poder.
Como para retirarse y dejar a esas gentes a una suerte echada, ¿no? ¿Por qué, en cambio, no repensar la acción colectiva, es decir, de la comunidad internacional, frente a los talibanes y su terrorismo, sin abandonar a la inmensa mayoría de los afganos? Con el presidente electo de Estados Unidos, Barack Obama, el escenario parece favorable a ello. Además, la ministra de Defensa, Carme Chacón, tiene toda la razón cuando sugiere, como hizo ayer al conocerse el trágico atentado suicida que ocasionó dos muertos y cuatro heridos entre nuestras tropas en Afganistán, que la seguridad allí y nuestra propia seguridad están estrechamente relacionadas".

Fernando Reinares
Catedrático de Ciencia Política de la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid

viernes, 31 de octubre de 2008

Indret y La Dogmática hoy en La Blogmática

Hay correos electrónicos que uno borra antes incluso de leerlos, y otros que uno abre antes casi de recibirlos. Ejemplo de los primeros, por lo menos en mi caso, son los correos de UGT, CCOO y CESIF (ni siquiera se si se llama así, quizás me falta conciencia de clase), de los cuales ni tan siquiera leo el título, como sí ocurre con el spam, sino que al identificar el remitente mi dedo se dirige velozmente al supr como si se le fuera la vida en ello. Ejemplo de los segundos es el correo de Penal UPF titulado, Indret. No lo espero, no se cuándo lo recibiré, pero es verlo en pantalla, leer su “nos es muy grato comunicarte que acaba de aparecer el número …….. de la revista electrónica InDret Penal. Te invitamos a visitarla en InDret Penal” y pinchar inmediatamente para ver qué es lo que me ofrecerá esta vez ese magnífico proyecto de Jesús Silva, Ricardo Robles y demás colaboradores de la UPF, Navarra y otras universidades.

En este caso la sorpresa ha sido más que grata. Tan sólo he leído hasta el momento tres de los artículos, el de Kindhäuser (gracias), el de Puppe y el de Robles y Riggi (saludos a los dos), pues estoy en lo mío y no quiero despistarme ahora con otros sugerentes temas como “la privación de un derecho como delito patrimonial”. Pero es evidente que hay un alto contenido dogmático, y encima de mucha calidad, en este número de Indret. Así lo pone de manifiesto el propio Silva en una de sus pequeñas joyas a modo de presentación: “InDret Penal, como es sabido, no se resigna a este estado de cosas. De ahí que, de nuevo en este número, la dogmática de la teoría del delito ocupe un lugar fundamental. La, por muchos reclamada, permanente atención a la coyuntura puede llevar a que nunca haya coyuntura para lo permanente. Pero en ese vicio no vamos a caer”. A lo que no se resigna InDret, y yo que me alegro, es a sucumbir a la que él denomina tercera crisis de la dogmática penal, y a la que dedica una frase antológica: “si se critica la dogmática sistemática de cuño alemán, ello es precisamente -al menos en parte- porque el notable refinamiento de ese modelo obstaculiza una aplicación más expeditiva de los enunciados legales jurídico-penales”.
Lo cierto es que esto me ha recordado la discusión (acalorada, pero en plan alemán, siempre dentro de lo racional) que mantuvimos unos cuantos colegas en la Universidad de Tübingen este pasado verano. Vogel, a quien correctamente cita Silva como uno de los autores que ha puesto en tela de juicio la necesidad de la dogmática, organizó una pequeña reunión de trabajo con la gente de su equipo, algún doctorando suyo del extranjero y con los dos profesores españoles que allí estábamos, Alfonso Galán y yo mismo; y en ella comenzó el propio Profesor Vogel con una pequeña ponencia sobre la evolución y el futuro de la dogmática penal en la que minimizó la importancia de la discusión dogmática de la teoría del delito para la solución de los “problemas penales reales”. No voy ahora a resumir ni a criticar los argumentos del genial profesor de Tubinga ni los de algunos de sus discípulos (mucho más vehementes que los del maestro, como suele pasar), pero lo cierto es que la editorial de Silva tiene que ver con la realidad de un sector de la doctrina alemana que critica abiertamente ese “microcosmos” de la dogmática jurídico-penal y su capacidad para resolver los problemas del Derecho penal. Y, quizás más tácitamente, también ocurre con la doctrina española. Tienen parte de razón Robles y Riggi en su introducción cuando recuerdan el escaso debate doctrinal que en la actualidad generan las cuestiones de la Parte General”. Digo “parte”, no tanto si se compara, como ellos señalan, con el debate permanente en Alemania (pues creo que no es ni tanto ni permanente en muchas de las cuestiones), como si se relaciona con el” alto grado de refinamiento y desarrollo al que ha llegado la dogmática penal en nuestro país", y, añadiría yo, con la gran atención que se le presta a la política criminal y a la parte especial del Derecho penal.

Lo cierto es que con artículos como el de Kindhäuser y, en global, con números como este número cuatro de la Revista InDret, uno vuelve a reafirmarse en la idea de que quedan demasiadas cosas por resolver, demasiadas herramientas útiles por ofrecer, como para pensar que la dogmática del delito no tiene que seguir ejercitándose para resolver los problemas del Derecho penal. Está claro que todos no lo resolverá, probablemente no demasiado. Está claro que hay que prestar atención a la política criminal, al fundamento de la intervención penal, a la técnica legislativa, tan denostada durante tanto tiempo, e incluso a la interpretación de las normas y a la argumentación jurídico penal. Pero ello no puede hacerse renunciando al desarrollo de la dogmática penal, sobre todo en un momento en que parece que no hay más regla para aplicar una norma que la utilidad social de turno.

Bueno, pues eso, que a leer y a disfrutar de un gran número de una gran revista de Derecho penal.

Pd. Como se que mi amigo Fernando Guanarteme lee este blog, le dedico un mensaje: “parece que estos de La Pompeu nos leyeran el pensamiento de nuestra conversación de verano”.

Un abrazo a todos. Fernando Miró

sábado, 25 de octubre de 2008

Prostitutas en el lado oscuro y un cómic en el infierno

Nuestro criminológo, Paco Bernabeu, ha aprovechado el pase que le he hecho desde La Blogmática para realizar un apasionante post criminológico sobre la prostitución que nadie debería perderse. Allí está, en el lado oscuro. Y yo, a su vez voy a aprovechar el remate de Paco para recomendarle a él, y también a vosotros, la lectura de un libro imprescindible para cualquiera que le guste la criminología, la ficción fantástica o, cuanto menos, la buena literatura. Se trata de From Hell, el cómic-investigación que publicó durante siete años (del 91 al 97) el genial Alan Moore y en el que revisa, con su propia visión y teoría, la figura de Jack the Ripper, nuestro Jack el destripador, el asesino de Whitechapel que asoló londres a finales del siglo XIX y que sigue siendo el asesino en serie más famoso de todos los tiempos. ¿Y a santo de qué recomendar un cómic sobre el destripador? Pues porque, como todos sabréis, las víctimas del asesino eran prostitutas, y el retrato que Moore realiza de la prostitución en Londres es una auténtica genialidad. Lo es, en realidad, todo el cómic, uno de los más ambiciosos e importantes proyectos de la historia de ese tan poco considerado arte.
En From Hell, Moore disecciona, nunca mejor dicho, la hipótesis de que el asesino de Londres fuera un médico de la familia real inglesa. Aparte de lo bien documentada que está la obra (el primer cómic con notas al final), y de lo más o menos acertada que puede ser una mera hipótesis sobre la identidad del más famoso asesino de la historia, From Hel es un complejo relato que aborda temas tan diferentes como el citado mundo de la prostitución, la sociedad burguesa o la masonería y que acaba entretejiendo una narración tremendamente inquietante y cautivadora en la que lo de menos es quién fue el asesino y lo de más los condicionantes psicológicos y sociales que pueden llevar al horror en la sociedad. Si a ello sumamos el dibujo de Eddie Campbell, en un Blanco y Negro primitivo y elegante a la vez, se explica que Desde el Infierno (así titulaba Jack sus cartas a la policía) ganara entre 1993 y 2000 todos los más importantes premios del comic desde el Eisner a la mejor historia, al mejor guión, hasta el harvey a la mejor serie, al mejor guión y a la mejor novela gráfica, pasando por los premiso de Barcelona y Angouleme.
Lo dicho, la primera recomendación para todos es el lado oscuro, de Paco, la segunda, From Hell, de Alan Moore.

Fernando Miró llinares.

viernes, 24 de octubre de 2008

Sobre la prostitución: dos propuestas político criminales muy diversas

El debate sobre la política criminal a aplicar en materia de prostitución es de esos que parece cíclico y perpetuo: siempre se sostienen las mismas posiciones y sólo varían en el tiempo los agentes o las formas de proponerlas. Recientemente se ha vuelto a poner de manifiesto la cuestión con dos formas muy diferentes de plantear la cuestión.

Por una parte en España son varias las ciudades que recientemente se han planteado (y aprobado) la adopción de sanciones administrativas para quienes ejerzan la prostitución en determinados lugares públicos de la ciudad. Así, en Barcelona, anunció Joan Clos recientemente que se iba a aprobar una ordenanza para sancionar con multas de hasta 600 euros a las personas que ejerzan la prostitución, así como a sus clientes, no con el ánimo de prohibir esta práctica pero sí para “mejorar la convivencia en las zonas en las que se registra una concentración de estas prácticas”.
Lo mismo parece que se ha decidido recientemente en Sevilla, Gerona, Lérida y en otras ciudades europeas como Roma, donde parece ser que se ha extendido tal profesión.
Resulta, por ello, más que significativa la noticia de hoy del diario público respecto a que San Francisco está planteándose la “legalización” de la prostitución pública. Les adjunto la noticia:

San Francisco es mundialmente famosa por su tolerancia pero el 4 de noviembre sus ciudadanos decidirán en las urnas una espinosa cuestión que, para muchos, aún es tabú: despenalizar o no la prostitución. Coincidiendo con las elecciones presidenciales, la ciudad votará ese día una serie de propuestas entre la que se encuentra la Proposición K, que impediría a las fuerzas del orden locales arrestar o investigar a nadie por vender su cuerpo. La Proposición K no legaliza técnicamente la prostitución porque aún seguiría estando prohibida bajo las leyes del estado, pero sí acabaría con las detenciones de prostitutas en San Francisco. Sus defensores afirman que la medida ahorrará unos 11 millones de dólares que la policía local gasta cada año en arrestar o perseguir a quien ejerce la prostitución y permitirá que los profesionales del sexo se asocien para defender sus derechos. Las fuerzas del orden arrestaron en 2007 a unas 1.583 personas dedicadas a la prostitución en la ciudad y se esperan cifras similares en 2008. Un 95% de los arrestados son liberados poco después con poco más que una multa.
Para Carol Leigh, una de las portavoces de la plataforma a favor del sí y co-fundadora de la asociación Bay Area Sex Workers Advocacy Network, la Proposición K "suministraría apoyo para que los trabajadores del sexo no tengan que esconderse".Leigh, que ha ejercido como prostituta, artista y activista desde los 70 -se la considera, incluso, creadora del termino "trabajador del sexo"- cree que la medida tiene "muchas posibilidades de salir adelante".
En la vecina ciudad de Berkeley, un referéndum similar celebrado en 2004 fracasó estrepitosamente, pero la plataforma a favor de la despenalización cree que la medida tiene más probabilidades de triunfar en San Francisco. A fin de cuentas, la ciudad es un bastión de la tolerancia y pionera en la lucha por los derechos de los homosexuales en EEUU. Cada año, por ejemplo, miles de personas asisten a su feria del sadomasoquismo, que se celebra a plena luz del día en una concurrida calle del centro.
Según una encuesta de 2004, la más reciente sobre el tema, un 54% de los sanfranciscanos estaría a favor de despenalizar la prostitución, frente al 33% en contra.De ganar, San Francisco se convertiría en la primera gran ciudad de EEUU en despenalizar por completo la prostitución, que ya es legal en algunas comunidades rurales de Nevada y en el estado de Rhode Island, aunque no en la calle ni en burdeles.
Aunque el partido demócrata local apoya la medida, tanto el alcalde Gavin Newsom como el fiscal general, el departamento de policía, la comunidad empresarial y todos los grandes periódicos locales están en contra. Argumentan que la despenalización convertiría a la ciudad en un imán para profesionales del sexo, beneficiaría a los proxenetas, aumentaría la inseguridad y haría casi imposible descubrir a personas obligadas a ejercer la prostitución. "Si no podemos investigar la prostitución es difícil que descubramos a víctimas del tráfico de personas", dijo a la prensa estadounidense Al Pardini, responsable de la división de narcóticos y brigada antivicio de la policía de San Francisco.
Para Leigh, estos argumentos no son sólidos pues opina que la represión no es eficaz para combatir este delito. "Los arrestos y la represión no funcionan", dijo Leigh. "Cuando arrestan a mujeres extranjeras obligadas a ejercer la prostitución en este país, lo único que hacen es deportarlas, con lo que vuelven a sus lugares de origen con una enorme deuda". Leigh cree que, de hecho, la Proposición 8 ayudaría a combatir el tráfico de personas y que "las iniciativas basadas en los derechos humanos, incluida la despenalización, son mucho más eficientes".

Aparte de llamarme poderosamente la atención lo del referendum ( jo, eso sí que suena a democrático, está claro que tenemos que aprender mucho de democracia participativa) creo que es un tema bastante complicado al entrar en discusión múltiples factores. Lo que está claro es que más que ver con la moral, tiene que ver con el intervencionismo social.
Espero vuestras opiniones.
Fernando Miró Llinares

lunes, 13 de octubre de 2008

Adoctrinamiento terrorista y adoctrinamiento populista

Una de las noticias judiciales más significativas de las últimas semanas ha sido la de la Sentencia del Tribunal Supremo en el caso Nova en la que absolvía a varios de los condenados por la Audiencia Nacional como autores de un delito de pertenencia a banda armada. Aunque no he accedido todavía a la sentencia del Tribunal Supremo, y como ya se advirtió previamente por la fiscalía, tal absolución parecía probable al haber entendido anteriormente el Alto tribunal que “no basta con probar que el acusado tiene una ideología radical, sino que es necesario constatar que ha pasado a la acción o, al menos, que ha decidido hacerlo” (Véase la antigua noticia del temor de la fiscalía sobre una posible absolución en http://elmundo.es/elmundo/2008/10/04/espana/1223087023.html).

Lo cierto es que la sentencia ha traído polémica. Tanta que hoy el Diario Público publica una entrevista a tres juristas en la que se les pregunta por la decisión del supremo y por la supuesta necesidad de reformar el Código Penal para abarcar los comportamientos que se quieren castigar. Voy a omitir comentarios de momento, y me ciño a dejar escritas las preguntas y las respuestas:


"1. En medios policiales y fiscales se cree que el Tribunal Supremo no ha comprendido el fenómeno del terrorismo islamista cuando absuelve a los presuntos integrantes de estos grupos en aplicación de la «doctrina del 11-M» (no basta la adhesión a ideas radicales ni el mero hecho de reunirse; son necesarios actos preparatorios de un atentado que indiquen la existencia de una organización). ¿Es excesivamente garantista el Tribunal Supremo?
2. ¿Cree necesario reformar el Código Penal para que la formación de células de terroristas islamistas no quede impune?
Horacio Oliva
Cat. de Penal en la U. Complutense
1. El garantismo nunca sobra. Siempre es bueno que un tribunal de justicia sea garantista. Con respecto a cada tema en concreto, el Tribunal Supremo no puede más que cumplir la ley, no puede alejarse de lo que establecen las normas. Es cierto que la ley puede cumplirse de una manera más laxa -y esa es precisamente la diferencia entre el garantismo y un planteamiento práctico de la vida-, pero entonces siempre perderemos garantías en la defensa de los derechos del justiciable.
2. Una eventual reforma del texto punitivo es competencia del Poder Legislativo. En lo que respecta a la formación de las células terroristas, se podría plantear adelantando la consumación del delito de pertenencia a banda armada. Hay que luchar contra el terrorismo en todas las esferas y si los tipos penales se nos quedan cortos y la sociedad reclama una reforma, sería razonable estudiar cómo llevarla a la práctica.
Fernando Sequeros
Fiscal del Tribunal Supremo
1. La obligación primera de un juez o tribunal es la de ser escrupulosamente respetuoso no sólo con las garantías del acusado sino también con las del resto de las partes. La Sala Segunda del Supremo, como «órgano superior en todos los órdenes» -salvo en materia de garantías constitucionales-, ha hecho una vez más, en ese orden, lo que tenía que hacer al respetar los espacios procesales que la norma concede al justiciable sometiéndose con ello plenamente «al imperio de la ley». En esa sumisión -que no servidumbre- es donde radica la humildad y la grandeza de la función de juzgar.
La impresión para el profano, sin embargo, puede ser otra. Se ha tildado, por unos, a nuestra democracia de joven e inmadura, al no seguir el ejemplo de otras más veteranas que suelen resolver estas cuestiones de manera más expedita, cercenando y recortando los derechos de los sospechosos, particularmente cuando a los intereses de la seguridad del Estado conviene. Se ha dicho, por otros, con una dosis mayor de frustración y resentimiento que de razón, que en este país los únicos que tienen derechos son los delincuentes con el blindaje de su silencio como complemento al de no declarar contra sí mismos; con su derecho a no confesarse culpables, a la defensa, a un proceso con todas las garantías y antes que todo a la presunción de inocencia; los mismos han reiterado que el derecho al trabajo y a una vivienda digna y adecuada -que reconoce la Constitución- son, por el contrario, una utopía.
Pero el derecho a la presunción de inocencia, así como el resto de los que reconoce y ampara el art. 24 CE, no son sólo del delincuente, sino de todos los ciudadanos. Derechos, en definitiva, que primaron en el enjuiciamiento del 11-M y cuya incidencia en la resolución recaída respecto a la denominada «operación Nova» desconozco, por una razón tan elemental como la de que sólo se ha adelantado el fallo, sin que se haya dictado aún la sentencia.
2. El Código Penal y con él la regulación de los delitos contra el orden público, entre los que se encuentran los relacionados con el terrorismo, como cualquier obra del hombre es y siempre será un producto mejorable. Esta norma nunca dejará de ser, en sí misma, un proyecto; un objetivo «in fieri», siempre en evolución, que puede nacer de la propia iniciativa del legislador o, como en este caso se postula, a caballo de las exigencias impuestas por acontecimientos sucedidos en una coyuntura histórica determinada sobre la que va necesariamente a desplegar sus efectos.
En el terreno del Derecho las ideas no son punibles en virtud del principio «cogitationis poenam nemo patitur (nadie sufre pena por el pensamiento)». En este orden de cosas, resoluciones como la del 11-M, acerca de la necesidad de un principio de acción para apreciar el delito de integración o pertenencia a organización terrorista, prolongando la fase de ideación del delito y en consecuencia su impunidad, merecen una seria reflexión; abstracción hecha de poder ocasionar el enojo del legislador propiciando un cambio legislativo que cubra penalmente los aspectos embrionarios de infracciones tan singulares como las derivadas de cualquier clase de terrorismo.
No es la primera vez que esto ha ocurrido, ni sería la última. Sin embargo, a nadie se le oculta que lo dicho haría inevitable el consiguiente rifirrafe entre los dos poderes del Estado. Conflicto en el que el Supremo, sin poder eludir la aplicación de la norma, volvería a ser, como intérprete vivo del Derecho, el último traductor de su dimensión jurídica.
La reforma, en consecuencia, si procede -como así lo creo- no debe ser improvisada ni tampoco responder al vocerío social tantas veces amplificado por los mass-media; ni menos verse impulsada por razones de oportunismo electoral. Debe venir instigada por el propio instinto de conservación del Estado, adelantando con ella el legislador las barreras de protección de la sociedad, como en otras manifestaciones del delito ha tenido ocasión de hacerlo sabiamente ( delitos contra la salud pública, contra la seguridad del tráfico etc). En definitiva, con una política sosegada, alejada de la improvisación, que merezca ser un buen producto del hombre y con él también una obra aceptable del Estado cuando se trata de desplegar los medios más eficaces para su autoprotección.
Luis Rodríguez Ramos
Catedrático de Penal en la UNED
1. En la aplicación de la ley penal, por imperativo del principio de legalidad de los delitos consagrado en la Constitución y en el propio Código Penal, nunca se puede ser «demasiado» garantista, pues la interpretación de la ley siempre tiene que ser estricta (en atención a la letra de la ley, a su ratio legis -bien jurídicamente protegido- y al conjunto de normas en la que se integra el precepto aplicable) y, en los casos de duda, favorable al reo (in dubio libertas, in dubio pro reo). Para que exista un delito de asociación ilícita, en su versión de «organización o grupo terrorista», ha de probarse que la entidad colectiva ha cometido con anterioridad actos terroristas (ETA o GRAPO, por ejemplo) o que tengan el propósito de cometerlo (supuesto que podría constituir sólo la conspiración para cometer se delito concreto, sin no constara el propósito de permanencia). El Tribunal Supremo no puede aplicar por analogía la ley penal, porque conculcaría el principio de legalidad de los delitos.
2. Sí. En el supuesto de que la Policía y la Fiscalía consideren que el terrorismo islamista merece una criminalización anticipada a que se constituya cada grupo para realizar actos terroristas, que insten al Gobierno para que cree una figura delictiva que incluya a quienes siendo islamistas radicales y partidarios de la guerra santa, se reúnan y mantengan contactos en territorio español, si es que tal figura fuera compatible con la libertad ideológica y con el derecho de reunión".


Me parece que el tema es muy interesante, y que merece la pena comentar alguna cuestión. Esperaré a ver si otro lanza la primera piedra. Si no es así, lo haré yo.

Un fuerte abrazo a todos. Fernando Miró Llinares

martes, 7 de octubre de 2008

Y después de los Cursos de Verano, el inicio de nuestros Títulos de ciencias policiales

Que no se te olvide, Fer, que estamos en pleno proceso de matriculación de nuestros flamantes Títulos universitarios: el "Título Propio en Seguridad y Ciencias Policiales" (II edición) y el "Título Experto en Investigación Criminal y Criminalística".

Se están cubriendo las últimas vacantes en ambos, cuyas sesiones docentes, que se imparten en su integridad en el caso del SECIP (y casi íntegramente en el caso del ICC) a través de una plataforma docente virtual, dan comienzo el próximo 20 de octubre.

Si queréis obtener más información, visitad nuestra web: http://secip.umh.es/

jueves, 2 de octubre de 2008

Tras los cursos de verano, de vuelta a lo mío y, por la noche, el ala

Casi va a hacer una semana del último curso de verano que, por cierto, fue una auténtica maravilla. Me lo pasé genial, aprendí muchísimo, escuché algunas anécdotas históricas que me guardaré para algún post de futuro, cené con buenos amigos en una noche memorable y discutí sobre cuestiones importantísimas (los límites de la interpretación teleológica) y también sobre chorradas (el ave). Vamos, genial.

He vuelto ya a lo mío y, como dice el título, a las noches de "el ala oeste". Ha salido ya en DVD la sexta temporada y, como debe ser, he empezado por revisar la quinta. Y he redescubierto una maravilla de capítulo, 45 minutos que vienen al pelo en estos momentos de curiosa "independiencia judicial". Como ya dije, el Ala oeste de la casa blanca es lo que debería ser, y la realidad, cada vez se aleja más de ello.

El capítulo se llama “Separación de poderes”, es el séptimo capítulo de la quinta temporada, el primero de mi trilogía favorita de mi serie de televisión favorita de todos los tiempos y de todos los universos. Es una auténtica joya, y contiene un diálogo que me parece especialmente oportuno a los momentos judiciales que vivimos.

El diálogo lo tiene el presidente de los EEUU, Joshua Bartlet, en horas bajas tras ganar la reelección pero con un virulento parlamento en contra (sólo por leer esta frase deberíamos repensar a qué llamamos nosotros democracia) y el Presidente del Tribunal Supremo, el Juez Ashlan, un mítico Juez liberal que ha revolucionado la jurisprudencia del más alto tribunal en los últimos 30 años, y que pese a tener 86 años y acabar de salir milagrosamente de un infarto, discute con el Presidente sobre la petición de éste último de que el Juez Ashlan se retire para que pueda nombrar a un nuevo presidente del Tribunal Supremo. A partir de aquí, este es el diálogo.

- Señor Juez,
- Dios mio, Jett, estás horrible
- Sí verá, es que hay un virus por aquí. Me alegra ver que está usted tan bien
- Te alegras?
- Sí así es
- Puedes hacerlo?
- No quiero, pero si creemos que su salud lo exige
- Y quién me sustituiría?
- Esperaba consultarlo con usted
- Holmes, Oliver wendell, Marshall, jhon Torhorwood, cualquiera. Quiero a Brandase, Douglas, Blackburne. Pero todos están muertos, porque ahora todo son compromisos. Los que no tienen un historial académico, ni compendio de opiniones, nada que les pueda definir, a esos confirmarán, mediocridades galopantes.
- Los otros ocho jueces del supremo están preparados, están aplazando casos muy importantes. Cuánto puede esperar el país?
- Mis ayudantes están preparando un informe. Hay un árabe americano, Mimoud, sacado de una cola en el aeropuerto. Qué sigue? Tribunales, carnets de identidad, códigos de barra tatuados en los antebrazos.
- Pues deme un nombre
- Daniel Robinoff, corte suprema del Estado de Nueva York; Susan Bengalli, noveno circuito. Pero no les confirmarán, verdad? Tengo días buenos y malos, pero en mi peor día soy mucho mejor que todos esos picapleitos que el Senado confirmaría. No puedes hacerlo, no eres tan fuerte. El portavoz dirige el cotarro, y yo no puedo arriesgarme.

No voy a añadir nada. Ni queriendo puedo hacerlo.


Fernando Miró Llinares

viernes, 26 de septiembre de 2008

Asesinos en masa. Un lado oscuro muy oscuro

El post de hoy sirve para decir que os remito al lado oscuro.


Nuestro criminólogo, Paco Bernabeu, nos adentra en la oscuridad de la mente de los asesinos en masa (que no en serie, aunque podrían serlo también), a raíz de los recientes sucesos de Finlandia.

Está claro que aquí el Derecho penal tiene poco que decir. La criminología, en cambio, mucho. Por eso os cito allí, en el lado oscuro. Mañana o pasado postearé sobre otras cosas más penales (y también más ociosas) en un comentario que algunos, ellos saben quienes son, no se deberían perder.

Un saludo.

Fernando Miró

miércoles, 24 de septiembre de 2008

Una de piratas

Muchas cosas surgieron del curso del otro día en Ibi. La primera fue que si te gusta la propiedad intelectual y la propiedad industrial ¿qué porras haces de profesor de derecho y no de abogado? La segunda fue que es una materia donde se va totalmente a contracorriente: el derecho reacciona a lo que pasa sin ninguna capacidad de anticipación. Por eso, y porque, lo quiera yo o no, sigue siendo "mi tema", estoy seguro de que se tratará aquí muchas veces el tema de los delitos contra la propiedad intelectual. A ver si hay suerte y la SGAE propone alguna reforma brutal y nos obliga a unos cuantos a escribir.

Mientras esperamos, sin embargo, hay suficientes cuestiones como para no aburrirse. Una de ellas, sobre la que pretendo escribir algo más serio dentro de un tiempo, y que surgió como pregunta en el citado curso de verano tras la intervención de un policía nacional especializado en este tipo de intervenciones, es la de la tipicidad o atipicidad del comportamiento pirata clásico del Top Manta. Existe la tendencia actual de algún que otro tribunal a considerar que el comportamiento de la distribución callejera de copias ilícitas de obras del ingenio puede ser considerada atípica bajo argumentaciones diveras como la ausencia de ánimo de lucro, de perjuicio de tercero, el estado de necesidad o por la aplicación del principio de intervención mínima. La cuestión es muy interesante. Voy a plantearla por medio de una sentencia, y espero vuestras opiniones.



AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONASECCIÓN SEPTIMA SENTENCIA 180/2006
(Los antecedentes de hecho son los que imagináis, pillan a un chaval tratando de ganarse la vida vendiendo lo que le han dicho que venda, y lo detienen por ello, no hay más, por lo que me remito al fundamento de derecho primero)

"Alega el Ministerio Fiscal que la sentencia impugnada resulta incongruente por falta de motivación. Es cierto que el hecho probado establece que el acusado desconocía la trascendencia jurídica de la conducta que realizaba y en la fundamentación jurídica no se aplica el art. 14 C.P. y no se determina ante qué error nos encontramos, si de hecho o de derecho o si vencible o invencible. Pero ello no puede llevar a la estimación del recurso. La cuestión de fondo hace referencia a la tipicidad de la venta ambulante de CDs y DVDs reproducidos sin la autorización del titular del derecho registral de la propiedad intelectual.El Ministerio Fiscal considera por la conducta es típica y encuadrable en el Art. 270-1º C.P. La sentencia absuelve aplicando el principio de insignificancia de la conducta. Este criterio no es totalmente compartido por la Sala, la cual considera que la conducta imputada no resulta típica por las siguientes razones.El art. 270-1º C.P. sanciona, como constitutivas de delito contra conductas concretas: reproducir, plagiar, distribuir o comunicar públicamente, una obra artística, literaria o científica amparado por un derecho de exclusividad, sin la autorización del titular del mismo.La venta al menor sólo puede encuadrarse en la distribución, en el resto de conductas no encaja la venta callejera que nos ocupa.Los tipos recogidos en los arts. 270 a 276 C.P., relativos a las propiedades intelectuales e industriales , son normas penales en blanco, que deben ser completadas con las normas que regulan los derechos de la propiedad Industrial e Intelectual. En el ámbito mercantil la distribución no comprende la venta al detalle. El distribuidor es un intermediario entre el productor y el vendedor. Pero la Ley de Propiedad Intelectual (Real Decreto Legislativo 1/1996 de 12 de Abril) en su art. 17, que regula el derecho de explotación exclusiva por parte del titular registral, establece que el titular del derecho ostenta en exclusividad el derecho de explotación de la obra. El cual comprende la reproducción, distribución y comunicación pública, así como la transformación. El Art. 19, en la citada norma, define lo que hay que entender por distribución, que es la puesta a disposición al público del original, o copias de la obra mediante su venta, alquiler préstamo o cualquier otra forma.La conducta sancionada en el art. 270 C.P., completada con la norma mercantil, es decir, con su definición de lo que hay que entender como distribución de la obra amparada por el derecho de exclusividad, comprende la venta de la obra. Ya que dicho derecho comprende el de vender la obra con ánimo de lucro. Cualquier venta de una obra artística en cualquier tipo de soporte, no autorizada por el titular del derecho, supone una infracción del derecho de la propiedad intelectual.Lo que hay que determinar es si toda infracción del derecho de exclusividad que concede la propiedad intelectual, y en su caso la industrial, es constitutiva de delito, pues no hay que olvidar que las normas que regulan tales derechos ya contemplan distintos medios de protección de esos derechos.La sentencia del T.S. de 24 de febrero de 2003 nos dice: "Para determinar en que casos habrá de acudirse al derecho penal y qué conductas serán merecedoras de una mera sanción administrativa, ha de partirse del principio de intervención mínima que debe informar el Derecho penal en un moderno estado de derecho. Sólo ante los ataques más intolerables será legítima el recurso al derecho penal".Aplicando tal doctrina, hay que concluir que no toda infracción del derecho de exclusividad del titular de la propiedad intelectual tiene cabida en el art. 270 C.P. . Sólo las conductas más graves, como la reproducción en masa de su obra artística amparada por el derecho, o su distribución en grandes cantidades pueden configurar el delito. La venta callejera es el último eslabón del comercio ilegal, y no tiene entidad suficiente para justificar la aplicación del derecho penal.Contra la venta callejera de estos productos ilegales, por medio de personas, que sólo buscan una manera de ganarse la vida, ante la imposibilidad de otros medios más adecuados, la lucha no pasa por la aplicación del derecho penal, sino por la aplicación de normas de orden público, que impiden este tipo de ventas.El recurso debe ser desestimado".

Es decir, que se mantiene la absolución.

Lo dicho, me gustaría leer vuestras opiniones. Me interesa cualquier versión: la criminológica, la político criminal, y la más estrictamente penal de si resulta conforme a derecho la sentencia que os he puesto. Espero.

Por cierto, el título es un homenaje a un fantástico Blog de cine de mi admirado OTI. Otra joya.

Un saludo. Fernando Miró Llinares.

sábado, 20 de septiembre de 2008

Uno menos (o uno más)

Pasado ya el primero de los cursos de verano que organizamos desde el área de Derecho penal de la Universidad Miguel Hernández, llegamos ya a la disonancia cognitiva de siempre: una parte de mí dejaría de organizar cursos de verano o actividades de ese tipo hasta 2020, después de las olimpiadas de Kabul, como poco. Esa parte se acuerda de toda la gestión que ha llevado el curso, de todos los quebraderos de cabeza para lograr financiación, de los desbarajustes que producen algunas decisiones de última hora, de los disgustos personales por discusiones con alguna administrativa sin memoria que no ve más allá de su mesa, de los nervios que hacen que uno pierda la suya (la memoria, no la mesa) aunque sea unos segundos. etc. Hay otra parte, es la que recuerda el fantástico curso que tuvimos el otro día en Torrevieja, la que se enorgullece de contar con ponentes de tanto prestigio como los que nos acompañaron en nuestra Universidad, la que agradece la buena gestión de quienes hacen posible que en Torrevieja haya todos los años unos magníficos cursos de verano, la que se sigue sorprendiendo de que haya tantos alumnos con interés por aprender sobre los más diversos temas, la que aprendió en brillantes ponencias y la que, también, disfrutó de la visita de amigos de esos que te ayudan sin tener por qué hacerlo. Esa parte se empeña en seguir organizando actividades pese a que las complicaciones administrativas sean cada vez mayores, en buscar las mejores actividades formativas aunque cada vez haya que moverse más para lograr alumnos, y este año ha vuelto a vencer, pero no se cuándo dejará de hacerlo.

Probablemente dejará de hacerlo cuando se hagan las cosas mal, cuando no se organicen las cosas porque interesan sino por pura inercia. Esta vez no ha sido así. El curso era muy interesante ex ante, y lo ha resultado aún más ex post, como debe ser:

El curso estaba dividido en dos partes, la primera se ocupaba de la relación entre el derecho penal y el medio ambiente (o ambiente, como nos recordó el profesor De la Mata por la Redundancia que supone esa doble palabra que ya hemos aceptado casi todos), con una visión general que ocupaba temas tan diversos, pero nucleares a la vez, como la protección penal del medio ambiente en el marco de la Unión Europea (a cargo del catedrático de Derecho penal José Luis De la Cuesta Arzamendi), los delitos protectores de este bien jurídico desde la óptica de su interpretación por los tribunales de justicia (Norberto J de la Mata Barranco, profesor titular acreditado catedrático recientemente) y la responsabilidad penal empresarial en los delitos ambientales (a cargo del Catedrático de Derecho penal y abogado en ejercicio especializado, entre otros, en estos temas, Jaime Peris Riera). Esto nos ocupó la mañana con, a mi parecer, gran éxito, aunque, como siempre, también con más preguntas de los propios profesores que de los alumnos del título.

Por la tarde nos ocupaba ya el agua. Puede parecer oportunista tratar el problema hidrológico en una ciudad como Torrevieja, donde las decisiones políticas de los de allá y los de acá han convertido este preciado bien en arma crítica arrojadiza. Lo cierto es que no hubo lugar para las proclamas políticas, sino para las ponencias de algunos de los investigadores del grupo que dirige Jaime Peris y que fueron desde el prestigioso penalista Catedrático de Derecho penal Lorenzo Morillas Cueva, hasta el doctorando en este tema Samuel Rodríguez, pasando por el profesor de la Universidad de Murcia y Doctor en Derecho David Lorenzo Morillas Fernández. Muchas reflexiones muy interesantes sobre el papel que debe jugar el Derecho penal en la tutela del agua surgieron de las ponencias citadas, y muchas posibilidades de futuro en las investigaciones de estos ponentes.

En definitiva un curso menos por organizar (quedan dos), o uno más organizado, según se quiera poner el peso en lo que cuesta hacer las cosas o en lo que queda una vez hechas. Al final, vale la pena.

Saludos. Fernando Miró Llinares

martes, 16 de septiembre de 2008

Coleccionables, propósitos a olvidar y cursos de verano: septiembre, mal mes

Voy a dejar de meterme con los demás y a hablar un poco del área.

Llevo unos días en España y ya está todo patas arriba. Agobios, escritos, correos, , trabas burocráticas, spams a tutiplén, solicitudes inverosímiles, adelantamientos imposibles, actas, disgustos, prisas, trabas burocráticas (no las mismas, otras), y etcéteras diversos. No me atrevo a decir que echo de menos Alemania, pero casi....

No creo que sea yo el culpable, es septiembre, el maldito mes de los coleccionables, el único que puede tratar de arrebatarle el título de més infernal a Julio, del que ya se habló aquí. Encima, a partir de este jueves empieza la maratón de cursos de verano que organizamos cada año. Todavía no me explico qué extraño suceso paranormal ocurre cuando el Director de los mismos nos viene cada diciembre con la propuesta de montar algo: en vez de recordar el dolor de cabeza que supone montar los cursos, la cantidad de gestión que conlleva, lo difícil que resulta interesar a los alumnos, etc, volvemos a meternos en el lío y a organizar cuantos más mejor y, además, siempre en el maravilloso mes de septiembre, el que más lejos queda, pero el que más problemas da. Lo de que la memoria es selectiva debe ser cierto, pero habría que evaluar los criterios que utiliza para elegir lo que olvida.

En todo caso este año tenemos tres nuevos cursos organizados por el área de Derecho penal y que tendrán lugar en las siguientes semanas:

El primero de ellos tiene lugar este próximo jueves día 18 en el Centro Cultural Virgen del Carmen en Torrevieja, sobre protección penal del medio ambiente con especial atención al problema hidrológico. Vienen grandes catedráticos de Derecho penal como el presidente de la Asociación Internacional de Derecho Penal, José Luis de la Cuesta Arzamendi, el también catedrático de la Universidad del País Vasco Norberto J de la Mata Barranco, el catedrático de la Universidad de Murcia Jaime Peris y el Catedrático de Granada, y gran experto en la materia, Lorenzo Morillas Cueva. Con ellos otros profesores tan expertos como los anteriores en el tema completarán un interesantísimo día al que estais todos invitados.

El segundo curso de verano tiene lugar en Ibi, el próximo lunes día 22, en la maravillosa ciudad del juguete. El curso se titula algo así como Libre mercado de competencia y protección de la propiedad intelectual e industrial (no se si he cambiado el orden de los factores, pero el producto es el que es), y en él intervienen profesores, jueces, policías, abogados y otros agentes implicados en la protección de los derechos de autor, patentes, marcas, etc. Aunque no hay ningún cátedro de relumbrón, el curso va a ser muy práctico e interesante, pues en él participan los que mejor saben sobre propiedad industrial: aquellos que lo están aplicando todos los días. Muy, pero que muy recomendable.

Del tercero hablaré otro día. Es la una de la madrugada, llevo un día de perros y mañana toca más, así que en otro momento os contaré del curso de seguridad vial.
Abrazos españoles, Fernando Miró Llinares.

lunes, 8 de septiembre de 2008

Para neutralidad la de los suizos

El otro día leí el artículo de Pablo Salvador Coderch sobre la independencia judicial en España y EEUU y me gustó muchísimo. Pensé en hacer un post citándolo, recomendándolo y en el que trataría el tema de la independencia judicial, pero no me animé finalmente pues pensé que el País lo lee mucha más gente que La Blogmática, y que para escribir como el gran civilista de la Pompeu aún me queda un trecho. Días después leí un Post en Lex Dura en el que se comentaba el artículo de Coderch y también se trataba el tema de marras. Ya dije hace unos posts lo fan que soy de García Amado, pero es que cuando trata algún tema como el de la dependencia judicial (empecemos a hablar con propiedad), la cosa ya es magistral: supura genialidad y mala leche a partes iguales. También pensé en dedicar La blogmática al tema, pero para hacer un post que dijera: me sumo a lo que dice García Amado, pues como que no.

Pero, está claro, el tema me persigue.

Prensa española, a eso de las 14:00:

"Tras más de dos años de bloqueo, el PSOE y el PP han cerrado el primer acuerdo para la renovación del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) al sellar esta mañana la lista con los 20 vocales, que se remitirá al Congreso y al Senado para su posterior aprobación, en la que se encuentran varios miembros muy vinculados a ambos partidos. Los portavoces parlamentarios del PSOE y el PP, José Antonio Alonso y Soraya Sáenz de Santamaría, han apurado las negociaciones hasta el último momento para incluir a sus candidatos en la lista definitiva, que finalmente ha quedado compuesta por trece hombres y siete mujeres -cuatro a propuesta del PSOE, dos del PP y una de PNV-. Los vocales, nueve a instancias del PSOE, otros nueve del PP, uno por CiU y otro por el PNV, deberán ser elegidos por ambas Cámaras por mayoría de tres quintos. En la composición definitiva, destaca la presencia de la magistrada del Tribunal Supremo y ex secretaria de Estado de Interior, Margarita Robles, una de las vocales a propuesta del PSOE, en tanto que la juez Gemma Gallego, instructora del llamado caso del ácido bórico, cubrirá otra plaza a instancias del PP. Los nombres de CiU y PNV son los que tienen un perfil político más acusado. El candidato de los nacionalistas catalanes es Ramón Camp, ex diputado, ex senador, ex vicepresidente del Parlamento de Cataluña y uno de los ponentes en el Congreso del Estatut. Por parte del PNV, su representante será la también ex diputada Margarita Uría, quien fue vetada por el PP en la anterior renovación. En la lista definitiva destaca también la presencia de José Manuel Gómez Benítez, catedrático de Derecho Penal y abogado vinculado al PSOE desde hace muchos años, así como la de Manuel Torres Vela, de la asociación judicial Francisco de Vitoria, que hasta ahora no tenía representación, y el presidente del Colegio Nacional de Secretarios Judiciales, Antonio Dorado".

La cualificación de las personas que han sido nombradas (pues lo de las cámaras es un trámite, en este país las cosas importantes las deciden los partidos, no el parlamento) no voy a valorarla. Primero porque presupongo la valía de todas ellas. Segundo porque habría que hacerlo individualmente, y yo tan sólo conozco a uno de los futuros vocales, el Catedrático de Derecho Penal José Manuel Gómez Benítez, el tercer catedrático que cito en este Post y que con decir que, a mi parecer, está al nivel de los otros dos, ya debería quedar todo dicho para quienes les guste el mundo del Derecho. Aprovecho para felicitarle por el nombramiento.

En cuanto al discutido proceso de nombramiento, tampoco creo que en unas cuantas líneas se pueda tratar con profundiad la cuestión de si es más o menos legítimo, más o menos democrático, que sea el parlamento el que elija al máximo órgano de gobierno de los jueces. Ya se ha escrito mucho sobre Montesquieu y su asesinato por Alfonso Guerra (con la cooperación necesaria activa y omisiva de muchos otros que ahora se llevan la boca diciendo que este no es el mejor sistema posible), como para perder más tiempo aquí.

Reconozco que me ha hecho gracia que la palabra que más se oyera en la rueda de prensa del Ministro de justicia fuera "neutralidad". Según la Rae, la neutralidad es la cualidad del que no participa de ninguna de las opciones en conflicto; mientras que la independencia es la característica de aquél que sostiene sus derechos u opiniones sin admitir intervención ajena. Estoy convencido de que en sus decisiones los próximos vocales serán neutrales e independientes, y si tienen alguna dependencia, esta sería de la misma entidad que la que tendrían si en vez de haber sido nombrados por unos (políticos), lo hubieran sido por otros (jueces). Siempre que alguien sea el que acabe favoreciendo a otro, hay un favorecido que debe algo al favorecedor. Es verdad que no sería lo mismo: En un caso nos encontramos con la posibilidad (tan sólo posibilidad) de jueces haciendo favores a políticos para que sean después los políticos quienes hagan los favores a los jueces; y en otro sería jueces haciendo favores a jueces para que estos se los devuelvan. En todo caso, vaya tinglado.
Pero tampoco puede negarse que, como diría Calamaro, es feo, muy feo. Estéticamente la justicia sale mal parada de esas listas consensuadas, y la justicia también necesita ser guapa o, por lo menos, tener una apariencia decente.

En todo caso el problema no creo que se solucionara con una vuelta a los porcentajes, ni siquiera con una reforma que dejara totalmente en manos de los jueces la elección de los representantes del CGPJ. Habría que ir más allá. Lean la siguiente propuesta, radical como ella sola:

"Dejemos de lado, por imposible, la discusión sobre el modo de nombramiento de los magistrados constitucionales. Fijémonos solamente en el día después de la finalización de su mandato. ¿Qué han de poder ser a partir de ese instante? Nada, ricos pensionistas solamente. Que les quede un doradísimo retiro, una pensión supermillonaria -póngale usted la cantidad que quiera, seis mil euros mensuales, doce mil, veinte mil...- y, si no alcanza, que les garanticen descuentos y promociones especiales en Carrefour, Toys´r´us y Casa Lucio, y vales para darse en cualquier spa unos baños de fango, por lo de la nostalgia y tal. Pero nada más. O sea: terminante prohibición legal de que puedan desempeñar cargo de ningún tipo, sea en el ejecutivo, el legislativo o el judicial y sea dentro de España o fuera. Y lo mismo en la empresa privada o en ese tipo de subterfugios que son muchas veces las fundaciones, auténticos eufemismos jurídicos tan a menudo. Nada de nada, vaya. ¿Y dar clases en alguna universidad? Tampoco, carajo, que se les puede ocurrir ser rectores y comenzar la campaña mientras aún dictan sentencias. Bueno, pero, ¿y alguna conferencia por ahí? Que no, que acabarían dándolas a precio de oro para alguna asociación empresarial o algún grupo propietario de medios de comunicación, como contrapartida por los detallitos de cuando entonces. O sea, dolce far niente a tope, a disfrutar de los nietos y a pellizcar a la dominicana del servicio (¿que suena machista esto? No, hombre/mujer, no, basta con admitir que también las magistradas la pellizquen).¿Qué ganamos con medida tan simple? Muy sencillo, evitamos que a los cuatro días de tomar posesión ya estén los magistrados echando cuentas de a quién tienen que comerle la oreja, en el auto o en la sentencia, para ir haciendo méritos para eso tan simpático que quieren ser el día de mañana: magistrado/a en Luxemburgo o Estrasburgo, embajador, secretario de Estado (o cualqueir otra cosa "de Estado" de ahí para arriba), obispo -todo se andará-, amante bandido -esto seguro que ya se anduvo-, alto representante o delegado ante no sé qué organización internacional... Si no se juegan nada de su futuro, a lo mejor se animan a decidir en conciencia; esto es, a no vender su conciencia a cambio de un nuevo coche oficial y un paraíso lleno de secretarias/os el día de mañana.Hombre, ya puestos a soñar con cosas tan evidentes y razonables como imposibles, sería perfecto que se hiciera lo mismo con los miembros del CGPJ o que, al menos y para empezar, se evitara que los que provienen de la carrera judicial aprovechen para dar el salto de un puto (con perdón) juzgado de instrucción en Viana do Bolo a la Audiencia Nacional o el Supremo.
Y ahora, chascarrillos aparte, que alguien me diga por qué no sería viable una medida tan elemental y que me explique por qué no se toma".


De lo dicho por García Amado en Lex Dura saco tres conclusiones:

1: García Amado nunca será un Jurista de Reconocido Prestrigio integrante del CGPJ
2. Necesitamos ideas radicales frente a conservadurismos y progresismos complacientes
3. Lo de la dependencia o independencia judicial enerva al más pintado, habrá que dejar de hablar de ellas (o seguir, si a uno le gusta el sado).

Si no es así, si preferimos no ponernos de mala uva, resulta preferible no mirar mucho la realidad. Es mejor ver series de televisión. De hecho voy a recomendar un capítulo de una de ellas: se trata de "El ala oeste de la Casa Blanca (The West Wing, para piratas con conocimientos de inglés)", si bien no recuerdo el número concreto de la concreta temporada (lo buscaré, aunque es la cuarta o la quinta). Sí recuerdo la temática: uno de los magistrados de la Corte Suprema de los EEUU fallece, y el presidente debe nombrar a un candidato para que sea aprobado por el congreso. Joshua Barlett (a ese si que le votaba yo) se reúne con el presidente del más alto tribunal americano para comentarle que la opción que más posibilidades tiene es un tal Jhon Nosequewilliams III (me acuerdo de lo del III), de familia de jueces (ya lo dice, III, pues yo me llamo como mi padre y no me pongo II) y que suele buscar el consenso y las decisiones menos traumáticas. El presidente de la Corte Suprema, viejete de ochentaypico él, no se altera, pero tampoco se corta diciéndole que es la solución fácil y mediocre, y le pregunta por otros candidatos, a lo que el presidente Barlett le contesta que su favorita, Glenn Close sin picahielos, es demasiado izquierdosilla, y que los republicanos aceptan al III o a uno de los suyos, el cual parece demasiado conservadorcete. Lo que al final ocurre no os lo voy a contar, os obligo a que busquéis esos magníficos 45 minutos de guión elegante, idealista y bien documentado. Os diré que lo que ocurre sólo pasa en las series, nunca sucedería en la vida real. En la realidad es impensable que un político, para hacer lo que hay que hacer, pierda una oportunidad de controlar más.
Por eso es mejor ver series de televisión que las noticias.

Se despide desde Alemania (por última vez este verano),

Fernando Miró Llinares

viernes, 5 de septiembre de 2008

Sánchez Lázaro Vs Rubalcaba

Ayer antes de irme a casa (que no hogar, pues estoy de alquiler en Alemania y se nota) eché un vistazo a la biblioteca de libros españoles que tiene Vogel en la Forschungstelle. Aunque ya lo había visto, mis manos se pararon en Política criminal y técnica legislativa, del Profesor Titular de Derecho penal, Fernando Guanarteme Sánchez Lázaro. Reconozco que es uno de los autores españoles que más me interesan actualmente, y también lo hace el tema de la técnica legislativa (quizás por la paliza que me da con la importancia del mismo mi amigo Íñigo Ortíz), todo lo cual me llevó a cotillear el libro del modo que lo hago siempre: miro la tapa, leo el título detenidamente, después lo abro por las primeras páginas, busco el índice, le echo un vistazo por encima y me paro en alguna sección si la creo interesante, si lo es mucho la busco, leo las primeras páginas de la misma, la ojeo; vuelvo al principio, miro si hay introducción, nota preliminar o prólogo, sobre todo prólogo, pues me encantan los prólogos (Prólogo con un prólogo de prólogos, de mi amado Borges, es uno de los libros más extraños e interesantes, a la vez, que he leído nunca de un tirón), si lo hay me lo suelo leer, si me gusta la nota o el prólogo me voy al final a la bibliografía y, una vez cotilleada esta, de nuevo al principio y leo como empieza el libro (que suele indicar muy bien cómo va a continuar).

El proceso puede ser más o menos corto, según el tiempo que tenga y lo que me vaya interesando lo que leo, y termina, la mayor parte de las ocasiones, dejando el libro donde estaba, pues en pocas de ellas, por imperativos del discutible pero existente tiempo (a pesar de Borges), me lo llevo para leerlo entero.

El caso es que el libro me interesó, y aparte de leerme el buen prólogo de su maestro, Carlos María Romeo, me gustaron mucho las primeras líneas de Sánchez Lázaro:


"La crítica y propuestas de reforma del Derecho positivo no se pueden realizar sin un conocimiento previo, profundo del mismo. La introducción de un nuevo precepto en el Código Penal, sea en su parte general o especial, no puede ser fruto de la improvisación o de una reacción política irreflexiva. Por el contrario, parece que un precepto que puede establecer como consecuencia jurídica una pena de diez, veinte o treinta años de privación de libertad debe ser el resultado de un proceso racional de discusión".

Lo primero que pensé, o empatado con lo segundo, fue: JA...., ya quisiéramos; lo segundo fué, cómo es posible que esto, que debería ser una obviedad, sea necesario recordarlo en la actualidad?


Esta mañana, en la versión electrónica del diario Público (para que vean lo mega imparcial que soy: El mundo, El país, Público), he leído la siguiente noticia:

"El Ministerio del Interior quiere frenar la entrada de inmigrantes menores de edad en España. Para ello, estudia endurecer las penas para las mafias de inmigración ilegal que les transporten, según anunció el jueves el ministro Alfredo Pérez Rubalcaba. Esto requiere una reforma del Código Penal que Interior está estudiando con el Ministerio de Justicia.
Rubalcaba explicó que se estudia aumentar “hasta 10 o 12 años” las penas a los responsables de las mafias, que actualmente, dijo, son como máximo de seis años y un día de prisión. El ministro indicó que hay 178 encarceladas por actuar como patrones de embarcaciones, cayucos y pateras que han transportado a España a inmigrantes indocumentados. España tiene muchos problemas para repatriar a los menores de edad que llegan a sus costas. La mayoría permanece en centros de acogida hasta que cumple 18 años. Entonces, para poder quedarse en España, deben encontrar trabajo en tres meses. Quienes no lo consiguen, una minoría, deben volver a su país.

Para acabar de arreglarlo citan las palabras del ministro de que “No existen fórmulas mágicas para acabar con la inmigración".

Mientras escribo esto, me doy cuenta de que quizás me haya precipitado. Al citar conjuntamente la frase del libro que estaba abierto al lado de mi teclado cuando he visto esta mañana la noticia que he posteado, y el comentario del periodista sobre las declaraciones del ministro de un endurecimiento de las penas para frenar la inmigración clandestina de menores, quería poner de manifiesto la naturaleza reactiva y no tanto racional de la gran mayoría de proyectos de reforma del Código Penal que se han dictado en los últimos 10 años. Pero lo dicho, me puedo haber precipitado. Seguro que el proceso de reforma va a partir de una evaluación exhaustiva del sistema actual, de un estudio comparado de las soluciones legislativas de otros países, de un análisis sociológico sobre si en ese caso la amenaza de una mayor pena supondrá una menor realiyación de las conductas, de un estudio sobre la armonización de tales propuestas con el resto de preceptos del código penal, junto con otros setenta estudios de viabilidad económica, de legitimidad constitucional, etc. Seguramente no he tenido en cuenta que el proceso durará meses y meses de duro trabajo de estudio por parte de los mejores expertos en la materia , y no he pensado que la razón de dictar esta ley no tiene que ver con los últimos acontecimientos acaecidos, sino con una decisión política madurada y seria que se fundamenta en argumentos racionales y lógicos.

Pese a todo, aun confiando ciegamente en el legislador (que está demostrando en los últimos años no tener color ni identificativo ninguno, y ser simplemente legislador), me haría ilusión que le echara un vistazo al libro de Sánchez Lázaro, aunque sea como yo, en plan cutre, por si sacaba algo en claro. Pero está claro que el legislador tiene muchas cosas que hacer, entre ellas reformar el CP.


Pd. A mi casi tocayo (por exceso suyo) penalista me gustaría preguntarle algo que me ha perturbado un poco. He echado en falta algo que me parece esencial en cualquier publicación científica, la bibliografía, pues aunque está bien documentado el libro con todas las referencias en las notas al pie, no me gusta la moda (existente también en algunas revistas doctrinales) de quitar la bibliografía al final del texto. La pregunta es, fueron razones económicas? tan mal está la cosa? En todo caso, enhorabuena por otra monografía que, en un tiempo, leeré con más rigor y seriedad.



Un saludo a todos.

Fernando Miró Llinares

lunes, 1 de septiembre de 2008

Retrato de un penalista que se fue

Cuando me enteré de la muerte de Juan Bustos dudé si escribir algo. La verdad es que siempre me había encantado leerle, y conozco a dos de sus discípulos (Elena Larrauri y Pepe Cid, más a Elena en realidad) aunque he leído también mucho al tercero, Hernan Hormazabal. Pero el hecho de no haber hablado nunca con él, de no haberle visto, parecía alzar una barrera ética para hablar de una persona que, sin embargo, otros sí conocían bien. Por eso, cuando Miguel Olmedo me avisó del artículo de Gimbernat sobre el Profesor Dr. Juan Bustos Ramírez por si me interesaba para La Blogmática, le pedí que me lo enviara. Entre sus viajes y los míos, he tardado un poquito en conseguir esta corta pero preciosa visión sobre una persona y una época importantísimas, ambas, para la historia del Derecho penal.

Aquí está, con retraso, y por medio de la genial pluma de Gimbernat, nuestro homenaje a un gran profesor de Derecho penal y una gran persona:


domingo, 31 de agosto de 2008

Es hoy el día del blog? Y a mí que más me dará

Lo primero es que no se si hoy es día 31 de agosto. Se que es domingo, aunque sea simplemente porque hoy la facultad está cerrada con llave y he tenido que utilizar la mía para abrirla. La verdad es que eso de tener La Llave de la Neue Aula (Facultad de derecho de la Universidad de Tübingen)...., como que da morbo, tiene algo de...., no sé.

Bueno, el caso es que no sé si es 31 o no (mi ordenador alemán dice que sí, pero yo, de él, nunca me fio, y hago bien), y aunque lo fuera, no estoy seguro de que hoy sea el día del blog o no. Lo primero es que no se quien lo decide (nunca he sabido quien decide los días, aunque parece que el tema está bastante regulado), y parece que hay varios días del blog al anyo organizados por distintas asociaciones que, probablemente, solo busquen que pavos como yo posteen su referencia como locos. Yo, como soy blogero principiante quería unirme a la fiesta, básicamente porque me parecía bien la idea de recomendar cinco blogs que, fuera de la temática del tuyo propio, te parezcan interesantes. En efecto, esa es "la fiesta" del día del blog: Hay que encontrar cinco nuevos blogs que se consideren interesantes, así como informar o advertir a los autores seleccionados la recomendación.
Lo tercero es escribir una descripción corta de cada blog y enlazarlos; después publicar una entrada el 31 de agosto mencionando los cinco blogs recomendados, y por último, agregar el tag del Día del Blog de Technorati y un enlace al sitio de este día. Bastante tengo yo que estoy jugando al juego de las diferencias entre las ediciones 12 y 13 del LK como para ponerme a enlazar a fulanito con zutanito. Tengo la cara de decir esto cuando sí tengo -o encuentro- tiempo (o lo encuentro) para comentaros cinco blogs que me encantan y que se refieren a mis cinco pasiones: cómic, música, series de tv, derecho y política (por orden). La blogmática no es un blog para hablar de mis problemas personales, de mis gustos y de mis inteligentísisimos pensamientos, sino un blog para hablar de Derecho penal. Pero hoy es domingo, 31 de agosto (el portatil también dice que sí), estoy solo, en Alemania, me quedan dos semanas, hace un mes que nadie más escribe en el blog, y ME HACE ILUSIÓN LO DEL DÍA DEL BLOG.

1. La cárcel de Papel
http://www.lacarceldepapel.com/
Soy un lector voraz de críticas. Me gusta el género y me gustan todas: la crítica literaria, musical, de cine, menos la teatral, y no porque no me guste la crítica, sino porque no me gusta el teatro (lo sé, lo sé, no se si es por culpa de presenciar a los 23 anyos a aquella companyía asesina que cantaba y nos hacía interactuar , o por mi papel de margarita en el colegio Salesiano a los 7, pero no puedo). Pero gustándome la crítica y gustándome, lo que más, el mundo del cómic, apenas se encuentra este género aplicado al cómic. Entre la inexistencia de revistas especializadas , independientes y de calidad sobre el cómic(qué triste la muerte de U, hasta la flojita pero indie Trama falleció) , y el sambenito de género menor, infantil, o incluso friky que viene asociado a la literatura dibujada, lo cierto es que es difícil encontrar buena infromación y buenas plumas que te permitan descubrir nuevas creaciones o discutir, virtualmente, la bondad de otras que ya conoces. La excepción (si no la única, de las..) es La Cárcel de Papel, dirigida por Álvaro Pons. Como él mismo dice, es una especie de diario de un lector de cómics y está muy bien. Aunque a veces se le eche en falta más espíritu crítico (sobre todo los últimos anyos), es un magnífico trabajo que aporta mucho a la difusión de un género mucho más profundo (en todos los sentidos) de lo que la mayoría cree. Gracias Álvaro, y a seguir leyendo.

2. Los mundos de Fede
http://losmundosdefede.blogspot.com/
Otro profesor de Derecho penal, Rafa Simons, me recomendó este blog dedicado a la música que es de los que más visito en los últimos tiempos. Aunque mi fetichismo y falta de tiempo me llevan a seguir siendo comprador de música, este blog permite conocer muchos grupos interesantes. De nuevo al igual que la carcel de papel, parece una especie de diario: el tal fede va poniendo lo que le da la gana, sin orden ni concierto, mezclando novedades con clásicos, electrónica con pop suave y cadencioso. Pero ahí está la cracia, en esa deliciosa ingenuidad de quien está enamorado de algo, en este caso, la música. Además, y eso es importante, el tipo tiene buen gusto.


3. Asesino en serie
http://www.elmundo.es/elmundo/blogs/asesinoenserie/index.html
Este blog es diferente de los anteriores en cuanto que no es un blog digamos totalmente libre e iniciático, sino más bien de encargo, de un periódico, en este caso El mundo, que entre sus múltiples blogs ha decidido dedicar uno a las series de televisión y ha contratado para ello a un tal Alberto Rey para hablar de eso que ocupa por las noches a tantos espanyoles en los momentos castos nocturnos y de cansancio de no encontrar nada potable en la tele. Pues resulta que el Alberto Rey es un crack, no ya por el gusto (siempre discutible, aunque muy coincidente en mi caso excepto en su pasión por la, a mi parecer, excesivamente celebrada "a dos metros"), sino por su fantástico humor lleno de mala leche y genialidad. El post sobre el innombrable, sobre los Serrano, y, especialmente, el post "Llamen a urgencias: he visto Mir", antológico, aún se me pone la cara a lo Joker de solo citarlo. En definitiva, no será seguramente el mejor lugar ´para obtener información sobre series de TV, pero es de lo más entretenido para reirse de gran parte de la basura televisiva que nos invade por la noche.


4. Dura Lex
http://garciamado.blogspot.com/
Si el anterior sabe hacer reir, el que ahora posteo sabe hacer pensar. Vaya maravilla de Blog el de García Amado. Juan Antonio García Amado es Catedrático de filosofía del derecho en la Universidad de León, además de uno de los juristas filósofos espanyoles que más y mejor se ha ocupado en los últimos tiempos de cuestiones relativas al Derecho penal. Aunque ya conocía la trayectoria de este doctor en derecho, me he escrito con él algún correo y había quedado prendado por algunos de sus artículos, lo cierto es que el blog impresiona. Primero por la cantidad de posts que escribe. Pero cómo lo haces querido Juan Antonio?; y segundo por lo valiente del Blog: !!Dice lo que piensa!!! Buass, lo dicho, impresiona la independencia, rigor y seriedad con la que se acerca a mil temas políticos, sociales y jurídicos. En definitiva, un blog perfecto para reflexionar.

5. El blog de Hillary
http://blog.hillaryclinton.com/
El último blog quería que fuera el blog personal de alguno de mis personajes favoritos, y dado que Joaquín reyes no tiene blog, me quedaba elegir entre mi idolatrado Rafa Nadal (winbledon 2008 está entre losmomentos más emocionantes de los últimos meses) y mi admirada Hillary Clinton. Que le vamos a hacer, uno es algo Friky, y me encanta -a la vez que divierte- la ambición, personalidad y elegancia de ese monstruo político que es Hillary Clinton (aparte de la política en sí). La verdad es que su Blog no vale mucho, pero sí la web, en la que hay auténticas joyas representativas de lo que es La Política.

Espero que los -pocos- que hayais llegado hasta aquí no os hagáis la impresión de que esto es La Blogmática. No, esto es una pequenya licencia. Me la merecía.

Fernando Miró Llinares


sábado, 23 de agosto de 2008

Mano dura

Hoy el post será cortito. Prefiero esperar comentarios a hacer los míos. El Blog se adentra, por primera vez, en una de las cuestiones que más polémica va a generar en los próximos meses-anyos, la relativa a la cadena perpetua.

Yo sabía que aquí se trataría este tema, entre otras cosas por los rumores sobre una posible reforma legislativa en este o similar sentido, pero no pensaba hacerlo hasta que surgiera algún tipo de noticia al respecto. Suficiente, a mi parecer, para plantearlo ya es la encuesta para el diario El Mundo realizada por Sigma Dos, en la que se pone de manifiesto lo que ya se sabía: que gran parte de la población cree necesario un endurecimiento del Código Penal. Así, y según los escasos datos que en la versión digital gratuita de El Mundo se ofrecen, "0cho de cada 10 ciudadanos creen que debería establecerse la pena de cadena perpetua –con revisión judicial cada cierto tiempo– para los delitos más graves. Esa misma proporción es partidaria de imponer medidas de control a los delincuentes reincidentes de que cumplan su condena y sean excarcelados. Además, el 80% endurecería las sanciones para los menores que cometan delitos".

La noticia la tenéis en ttp://www.elmundo.es/elmundo/2008/08/23/espana/1219451565.html, donde, sin embargo, no se dan datos específicos (aunque seguramente los habrá) que confirmen el titular que me ha llevado a escribir el post de hoy: "Los jóvenes piden mucha más mano dura". Lo cierto es que la sensación que yo tengo cuando doy clase de Derecho penal es que así es, y me pregunto la razón de ese cambio de mentalidad. Cuando yo era estudiante de licenciatura y se discutía en clase la reforma del Código penal, los comentarios del profesor criticando la excesiva dureza del texto en algún aspecto concreto, era respondida por los estudiantes con gestos de asentimiento más que de disentimiento. Y lo mismo ocurría cuando se explicaba que el fundamento del Derecho penal es la protección de bienes jurídicos dignos de protección.

Hoy ya no sólo se aplaude cualquier iniciativa legislativa dirigida hacia el endurecimiento de las penas, sino que cuesta explicar que la tentativa se sancione con menos pena que el delito consumado. Cuesta mucho explicarlo. Aparte de mis habilidades para argumentar, creo que la causa del excaso éxito estriba en que socialmente ha arraigado con fuerza la idea de que un Derecho penal más duro protege más y mejor a los ciudadanos. No se si tendrá que ver el que las luchas por la democracia ya no son tan necesarias (yo diría que no parecen tan necesarias) y que la generación actual ya no tiene que preocuparse tanto por las garantías y lo hace, entonces, por la seguridad; pero lo cierto es que hoy parece no ya ilusorio, sino irracional y peligroso, criticar la cadena perpetua y seguir defendiendo un Derecho penal mínimo.

Estamos equivocados quienes lo seguimos haciendo? Tiene sentido en la sociedad actual seguir defendiendo un Derecho penal con garantías como el que defendíamos hace 20 anyos?

Se abre el debate, y se abre a lo visceral, esperando las opiniones de todos y de todo tipo. Ya habrá tiempo luego para comentar cuestiones técnicas, para recordar opiniones de nuestro TC sobre la cadena perpetua, para compararnos con otros países, como Alemania, en los que la cadena perpetua es una total realidad, para pedir rigor criminológico en determinadas afirmaciones, etc. Ahora quiero oir vuestras voces. Se que estamos en vacaciones, pero de esto, hay que hablar.

Fernando

domingo, 10 de agosto de 2008

Cinco años y 6 meses

El pasado viernes conocíamos la primera resolución dictada por una comisión militar contra uno de los llamados “combatientes enemigos” en Guantánamo. Se trataba del yemení Salim Ahmed Hamdan, que había sido durante cuatro años chofer de Osama bin Laden, y al que se le imputaba la conspiración para el atentado terrorista así como el apoyo material a Al Qaeda. En la resolución, el jurado le declaró culpable del primer cargo, pero le absolvió del segundo al considerar que no hubía prueba alguna de que hubiera participado en nada más que en cuidar y conducir los coches del terrorista maás buscado del planeta.

Lo que en principio más me llamó la atención, sin embargo, del proceso no fue que un jurado militar reconociera que no se le podía imputar la participación en ningún atentado, como la pena aplicada por ese apoyo material al terrorismo: cinco años y medio. Comentando el otro día la noticia en la Forschungstelle del Prof. Vogel en la que estoy realizando una estancia de investigación de dos meses en Alemania con Alfonso Galán Muñoz, titular de penal de la Pablo de Olavide, comentamos la “casualidad” de que se le impusiera una pena de cinco años y medio cuando ya había pasado cinco de ellos preso en Guantánamo. Al fin y al cabo la absolución habría sido un escándalo al poner en tela de juicio toda piedrecita de Guantánamo, y la condena por cinco años también, dado que se tendría que tomar inmediatamente la decisión respecto a qué hacer con él (sinceramente no debería haber problema -ético, o técnico jurídico- en la decisión, pero parece que sí lo hay –político-), por lo que 5 años y medio parece el tiempo pensado para: “dejémonos 6 meses para pensar qué porras hacemos ahora”.

Y es que más allá de si cinco años y seis meses es una pena proporcionada al delito cometido (lo cual resulta difícil de comentar dado que ni me he leído la sentencia, ni conozco con precisión la legislación específica aplicada en ese caso), y de otras cuestiones como que el acusado no conociera sus cargos, que se le realizaran declaraciones, posteriormente validadas, en medio de la noche y sin presencia de abogado o, simplemente, que el tribunal lo conformaran militares bajo una Orden presidencial específica que no trata como ciudadanos a los detenidos, lo más significativo de este caso es que, una vez condenado, se ha aclarado por el Departamento de Defensa de los EEUU que aunque Salim Ahmed hubiera sido absuelto habría seguido siendo considerado un combatiente enemigo ilegal. ¿Significa ello que cuando pasen los seis meses de privación de libertad y se hayan cumplido los cinco años y medio no se va a liberar al condenado? ¿Quién tomará la decisión de liberar o no, y bajo que argumentos, a una persona que primero fue considerada enemigo y luego condenada a una pena determinada? ¿Tendrá razón Alfonso al decir que el gobierno de EEUU quiere pasarle la patata caliente al próximo presidente?

Todas estas cuestiones merecen muchos comentarios, aunque quizás bastaría con que respondiéramos a esta pergunta: ¿cómo es posible que esto no sea un caso inventado por un profesor psicópata de Derecho penal o filosofía del Derecho, sino que sea una noticia más de las que conforman nuestra realidad?

Fernando.

jueves, 7 de agosto de 2008

El pasillo se anima: agosto, tiempo de tesis

Haciendo un chiste fílmico y facilón podría decirse que las tesis, como las bicicletas, son para el verano, a menos que estés en Alemania donde hay bicis y se puede trabajar con la tesis durante todo el anyo. Y es que salvo en aquellos casos de estancias largas de investigación en universidades alemanas, en las que poco tiene uno que hacer excepto leer y escribir sobre el revolucionario tema de turno, la elaboración de la tesis doctoral requiere de una concentración y dedicación esclusiva y escluyente que no suele ser posible encontrar durante el anyo académico. Cuando terminan los exámenes, sin embargo, cuando ya no hay que hacer más papeles, ni más sustituciones, cuando el catedrático se va y te deja casi libre, cuando, por supuesto, más calor hace, es, entonces, cuando el doctorando coge sus cajas de artículos, cuando visita la biblioteca y llena sus bolsas de libros, y cuando, al fin, puede empezar a pensar en su único y verdadero amor: la tesis.

Yo, como muchos, hice mi tesis entre veranos y estancias. Es cierto que cuando ya el trabajo comienza a estar maduro y el nivel de concentración con el tema es alto (después del segundo verano o la segunda estancia), se puede entonces trabajar durante todo el anyo, aunque sea a ratos. Pero ello no habría sido posible sin ese periodo estival en el que eres el más blanco del mundo, en el que cuentas los metros del pasillo de la facultad a pasos, en el que te descubres a tí mismo tarareando la música de inicio de windows y en el que, al final, intentas pensar tanto en un tema que, el cerebro, aunque sea por lo pesado que eres, decide comenzar a tenerlo en cuenta.

Yo no se si Luis Aparicio, doctorando de la Universidad de Granada, discípulo de Miguel Olmedo, estará en esa fase o, más bien, está en la otra en la que ya hay que cerrar el tema como sea, en el que tu cerebro y tu cuerpo se han puesto de acuerdo en que estás hasta las narices de la tesis de los..... Pero a mí me ha recordado esos veranos, y por eso este post.

Ah, se me olvidaba, que Luis está en el pasillo escribiéndonos un precioso post. A leerlo.

Fernando.

lunes, 4 de agosto de 2008

Historias de un traductor: un amigo abre sección

El pasillo que se ve en la foto de la portada de la sección de la que os voy a hablar está en el MoMA de Nueva York. Profundo y magníficamente iluminado, trata de simbolizar el lugar vitual en el que me gustaría que todos los que tengáis historias que contarnos, experiencias relacionadas con las profesiones en las que se ejerce el Derecho penal, nos hagáis partícipes de ellas como se hace por la mañana, con un café en la mano, en esos idílicos pasillos de Universidad llenos de compañeros, profesionales y amigos. Pues ese pasillo empieza a ser transitado y, como no podía ser de otra forma en La Blogmática, por muy buena compañía.

En efecto, Historias de Pasillo, la sección de la Blogmática que aún estaba por abrir, da sus primerso pasos gracias a la inestimable ayuda del Catedrático de Derecho penal de la Universidad de Granada, el Profesor Dr. D. Miguel Olmedo Cardenete. El lujo de contar con uno de los penalistas de mejor presente, pasado y futuro de la dogmática se debe a la amistad con la que me honra desde hace varios años sin que yo crea merecerla, pero también a que tiene una muy intersante experiencia que contarnos a todos, una de esas a las que algunos profesores de Derecho penal se dedican para beneficio de todos los demás. Me refiero a la traducción de un manual. Porque, seamos sinceros, ¿cuánto conocimiento hemos adquirido y cuánto tiempo hemos ganado gracias a la magnífica labor de profesores como Joaquín Cuello Contreras, José Luis Serrano González de Murillo, Diego Manuel Luzón Peña, Miguel Díaz y García de Conlledo, Javier de vicente Remesal y. ahora, Miguel Olmedo Cardenete, todos ellos traductores de tres fundamenales tratados de Derecho penal?

Pues de eso trata nuestra primera historia de pasillo, de cómo se desarrolló el proceso de traducción al castellano del magnífico manual de Derecho penal de Hans Heinrich jesheck, contado en primera persona por Miguel Olmedo. Por eso, porque la de traducir un manual, un artículo o una conferencia es una actividad muy interesante pero, también, no todo lo conocida y considerada que se debiera, resulta tan oportuno comenzar con esta apasionante historia, con este emotivo homenaje a uno de los grandes profesores de Derecho penal del pasado siglo, con esta narración que, en el pasillo virtual de la Blogmática, podéis comenzar a leer.

Fernando

miércoles, 30 de julio de 2008

Las conductas neutrales y no tanto. Un buen campo para la teoría del delito

Ejemplos de conductas neutrales hemos puesto muchos en clase de Derecho penal I: el taxista que lleva al futuro asesino, el caso tradicional alemán del proveedor de alcohol al prostíbulo, y tantos otros. Además este tema fue casi central y sobre él se discutió con profesores de la talla de Miguel Olmedo Cardenete, Isidoro Blanco Cordero, Bernardo Feijoo Sánchey o Ricardo Robles Planas, en el II seminario de Teoría Jurídica del delito que realizamos hace un unos 20 meses. Vuelvo a él porque he vuelto a mi trabajo sobre el tema, y concretamente a leer el magnífico libro de Robles Planas sobre la participación y los límites de la intervención penal, y me he acordado de aquél fantástico día y del caso del cuchillo en version ilicitana. Me explico. y, de paso, me enrollo sobre El Seminario.

El Seminario de Teoría Jurídica del delito lo conformamos un conjunto de profesores de Derecho penal, jueces y profesionales amigos y estudiantes, que nos reunimos durante un cuatrimestre los vienrnes a las 7 de la tarde (para ayudar un poco a la selección natural de darwin, ya me entienden), para hablar del tema que cada anyo se selecciona y que, de manera más o menos directa, trata sobre la teoría del delito. Lo cierto es que El Seminario se inspira en aquellos de filosofía del derecho a los que asistía emocionado cuando era alumno, y en otros como el que el Profesor Silva celebra en La Pompeu. El caso es que intentamos que el seminario sea lo más participativo posible, y para eso no sólo tratamos de que vengan profesores especialistas en el tema en cuestión, sino de que nos faciliten el material que nos permita discutir y, a lo mejor, entender con ellos su planteamiento. Por eso, y tras una primera reunión en la que suelo plantear generalmente el tema a tratar durante ese anyo, la siguiente semana empieza la primera "sesión interna", o reunión de los miembros del seminario, en la que, previa lectura de los materiales recomendados, se trabaja la ponencia que ha presntado el profesor que, la semana siguiente, vendrá a defender su planteamiento. Con este sistema, cuando llega la primera de las sesiones con ponente, éste no sólo se sienta y se dedica a recitar el tema que tan bien conoce, sino que se plantean muchas más cuestiones que la semana anterior estaban en duda, se comentan aspectos discutibles con algo más de autoridad y, todo ello, enriquece más el debate. Bueno, !qué voy a decir yo de mi hijo!.

La segunda edicion del Seminario de Teoría Jurídica del delito, como he senyalado, se ocupó de la participación punible, y pedimos a cada profesor que nos presentara un caso práctico, basado en una resolución judicial o inventado, que le sirviera después para explicar el sentido de su ponencia. Fue un éxito, gracias a que, en contra de lo qeu se pudiera esperar si es que no se conociera a los ponentes, cada uno de ellos preparó ý seleccionó magníficamente el caso que debería dar lugar a la explicación de su teoría. Y ahí fue donde surgió el caso del cuchillo. No recuerdo ahora bien, quizás Ricardo, Bernardo o algún otro companyero lo pueda aclarar, qué penalista planteó por primera vez este supuesto hipotético, pero sí puedo decir que ha dado lugar a mucho tecleo en el ordenador a raiz de la irrupción de la opinión de Jakobs sobre el caso. En nuestro seminario, Ricardo planteó el caso en la siguiente versión: Tras oir gritos de una pelea en el exterior, un vendedor de cuchillos ve como un hombre entra en su tienda pidiendo comprar uno de grandes dimensiones. El comerciante se lo vende y, tras acercarse a la ventana, ve como el comprador sale con el cuchillo y, con él, apunyala al hombre con el que estaba discutiendo.

Así de sencillo fue el caso, y sin embargo el debate al que dió lugar fue apasionante. En el curso de aquél debate, bueno, en realidad en la sesión anterior, y a raíz de la opinión de Jakobs y Frisch sobre un supuesto muy parecido, y de la opinión contraria de Ricardo Robles, plantee esta otra variante del caso. Me gustaría que la comentáramos. Por cierto, está en......."el caso".

Un saludo a todos. Fernando